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  • 20 Aug 2024
  • 12:08
  • SPR Informa 6 min

“Cúpulas empresariales y partidos de oposición desinforman con la falsa sobrerrepresentación”: explica Luisa María Alcalde

La titular de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), Luisa María Alcalde Luján, denunció que las cúpulas empresariales y partidos de oposición han impulsado una campaña de desinformación respecto a la falsa sobrerrepresentación para evitar que se logre la reforma Constitucional al Poder Judicial.

En este sentido, Alcalde Luján explicó los dos principios fundamentales del Articulo 54 Constitucional que regula la asignación de plurinominales y evita la sobrerrepresentación: el apartado IV por el cual "ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios (por mayoría y por representación proporcional)”. 

Así como el apartado V que establece que "en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”, obtenida en las urnas. 

Además, la secretaria de Gobernación ahondó en los Procedimientos Electorales para la distribución de plurinominales y los expuso en cuatro pasos: 

  • Paso 1. Artículo 15, numeral 2

Para obtener la votación nacional emitida, se debe restar a la votación total los votos nulos, votos a favor de candidaturas sin registro, votos de candidaturas independientes y de los partidos que hayan obtenido menos del 3% del total de votos válidos. La votación nacional emitida fue de 55,705,598.

 

 

 

  • Paso 2. Artículo 16, numeral 1.

La votación nacional emitida se divida entre el total de diputaciones plurinominales (200) para obtener el cociente natural:

55,705,598 (votación Nacional Emitida) entre 200 (diputaciones de Representación Plurinominal) = 278,527.99 (cociente natural)

 

 

  • Paso 3. Artículo 17

Se determina el número de diputados que se asignarán a cada partido político dividiendo su votación total entre el cociente natural y se debe realizar esto en cada uno de los partidos políticos. En el caso de Morena:

24,286,317 votos obtenidos entre 278,527.99 (cociente natural) = 87.20 diputados por representación proporcional

 

 

  • Paso 4

Cuando sobren diputaciones por repartir tras aplicar el cociente natural (paso 2 y paso 3), éstas se reparten entre los partidos que tengan el resto mayor de sus votos iniciando por aquellos cuyo decimal se acerque más al entero.

 

 

Con base en las reglas Constitucionales para la asignación de plurinominales, la titular de la SEGOB mostró la proyección de integración de la LXVI Legislatura para el periodo 2024 – 2027, en la que se expone la cantidad de diputaciones máxima de cada partido por ambos principios de representación y las dos reglas que evitan la sobrerrepresentación: ningún partido podrá contar con más de 300 curules y la norma de la votación total emitida por partido más ocho puntos como límite máximo de curules.

 

 

Por otro lado, Alcalde Luján insistió que por ningún precepto Constitucional Morena está violando la norma que evita la sobrerrepresentación, además, insistió que desde las elecciones de 2009 se han aplicado estas reglas, que consideran la designación por partido político y no por coalición. 

 

 

Por su parte, el presidente López Obrador explicó que el tema de la falsa sobrerrepresentación es una "invención" del bloque conservador, "al grado que quieren violar la Constitución para que no se lleva a cabo ninguna reforma y, en especial, que no se lleve a cabo la reforma al Poder Judicial, porque es un poder tomado, secuestrado, al servicio de una minoría".

En este sentido, el mandatario propuso que los cinco empresarios más ricos de México, de acuerdo con la lista de la revista Forbes, "den su opinión, por el medio que ellos consideren", sobre la argumentación a propósito de la sobrerrepresentación en la asignación de legisladores plurinominales.

Los empresarios son:

  • Carlos Slim Helú
  • Germán Larrea Mota Velasco
  • Ricardo Salinas Pliego
  • Fernando Bailleres
  • María Asunción Aramburuzabala