El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este miércoles 26 de julio, los lineamientos que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en materia de regulación y fiscalización de las asambleas y recorridos por el país de los aspirantes a la Coordinación de la Defensa de la Transformación y quienes buscar dirigir el Frente Amplio por México (FAM) con el objetivo de regular y fiscalizar los Procesos Políticos con equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024.
El órgano electoral estableció que los Partidos Políticos Nacionales (PPN) deberán presentar el 02 de octubre de 2023, un informe de los ingresos y gastos correspondientes al desarrollo y organización de sus Procesos Políticos.
Los límites de aportaciones de personas que participan como aspirantes en los procesos políticos es de 2 millones 148 mil 166 pesos en dinero o en especie; de los militantes o simpatizantes, es de 537 mil 41 pesos.
“Los Partidos Políticos Nacionales deberán establecer los topes de gastos que cada Persona Inscrita en su Proceso Político podrá aplicar a los gastos directamente vinculados a ella y que se enuncian en el artículo 25 de estos Lineamientos.
En ningún caso, los topes que se establezcan serán superiores a la cantidad de $34’370,666.00 (treinta y cuatro millones, trescientos setenta mil seiscientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.) por Persona Inscrita”, se lee en el documento.
El artículo 25 hace referencia a que la recepción de donativos o aportaciones en dinero o especie de ningún funcionario, dependencia, órganos autónomos, partidos o políticos extranjeros, organismos internacionales, personas internacionales.
Lo que se considerará como gasto son sueldos de personal eventual; materiales y suministros; propaganda institucional, utilitaria, operativos.
El INE detalló que a las Personas Inscritas en el Proceso Electoral Federal no se le aplicarán las restricciones de participación establecidas para personas servidoras públicas, es decir, que no habrá problema con que sea en días laborales, por lo tanto, no los obliga de renunciar a su cargo; es decir que no se les prohibe su participación a los legisladores Santiago Creel y Xóchitl Gálvez.
“Las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de Procesos Políticos en días inhábiles, su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento del que se trate”.
Sin embargo, en una aparente contradicción, mientras a unos funcionarios públicos se les permite participar en los procesos internos de los partidos, a otros funcionarios públicos, como a el presidente de la República, se le impide opinar sobre estos procesos internos, por lo que hay dos parámetros distintos para calificar a los servidores públicos.
Durante la reunión, también se acordó que las personas servidoras públicas no podrán realizar manifestaciones a favor o en contra de personas inscritas en algún proceso político o de alguno de los partidos que intervengan en dichos procesos.
Sobre los actos anticipados de precampaña y campaña, el Tribunal Electoral ordenó que los Lineamientos de ningún modo habilitarán a los partidos, organizaciones ciudadanas, personas participantes o a sus simpatizantes a realizar actos que impliquen actos anticipados de precampaña o campaña y se ratificó que todos los actos, que pudieran implicar un llamado expreso o inequívoco a votar a favor o en contra de una persona para una precandidatura o candidatura a un cargo de elección popular, están prohibidos y deberán investigarse.
Si se realiza alguna encuesta en un proceso político, deberán presentar al Instituto un informe con la metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos.
El INE podrá ordenar el retiro inmediato de propaganda de índole electoral. Además, los participantes en los procesos políticos no deben tener como objetivo el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular.
“No se empleará propaganda que de manera indirecta tenga un contenido proselitista electoral”.
Sobre la propaganda ya publicada, el INE determinó que esta debe ser retirada en un máximo de cinco días hábiles, por lo que los aspirantes de ambas coaliciones deberán trabajar en ello en los próximos días.
"El retiro de la propaganda masiva que no cumpla con la normatividad, por contener elementos de naturaleza electoral o equivalentes, o bien omita la identificación del Proceso Político y, en su caso, de la persona inscrita, se realizará dentro de un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente de la notificación".
Sobre el uso de prerrogativas de acceso a radio y televisión, la Sala Superior del TEPJF recuerda que éstas están disponibles para los partidos políticos durante el periodo ordinario y solamente pueden utilizarse para difundir mensajes genéricos, no para la promoción de persona alguna.
No se podrá utilizar el tiempo asignado a los partidos para la difusión de los procedimientos o actividades reguladas por los Lineamientos ni para el posicionamiento de las personas que participan en ellos.
“En ningún momento, los partidos políticos podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión para difundir mensajes relativos a los Procesos Políticos”.
Sobre las denuncias y quejas que se presenten con motivo de cualquier infracción a la normativa electoral derivada de los procesos internos de los partidos políticos, así como las investigaciones que por el mismo motivo se inicien de oficio, se establece que deberán tramitarse vía Procedimiento Especial Sancionador (PES), dada su potencial vinculación con el proceso electoral del 2024, que iniciará el 4 de septiembre próximo.
En su resolución la Sala Superior del TEPJF estableció que los actos anticipados de precampaña y campaña siguen estando prohibidos y se reconoció que el proceso que realizan los aspirantes a la Coordinación de la Defensa de la Transformación y quienes buscan contender al Frente Amplio por México, realizan procesos de la autoorganización de los partidos políticos.