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  • hace 6 horas
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Natalia Lane, activista y defensora de derechos humanos, logra histórica sentencia contra su agresor por tentativa de transfeminicidio

La activista y defensora de derechos humanos Natalia Lane obtuvo el 13 de abril un fallo condenatorio histórico, luego de que un juez declaró culpable a su agresor, Alejandro López Sánchez, por el delito de transfeminicidio en grado de tentativa.

Este es el primer caso en el país y en América Latina en el que una mujer trans obtiene una sentencia de culpabilidad tras sobrevivir a una agresión contra su vida, sentando un precedente judicial para el reconocimiento de la violencia hacia la comunidad trans.

El juez Agustín Moreno Gaspar emitió el veredicto tras una audiencia de más de cinco horas en el Reclusorio Sur de la Ciudad de México. Acreditó la tentativa de feminicidio contra Lane y lesiones calificadas contra uno de los trabajadores que intentó auxiliarla en 2022, pero absolvió al acusado de tentativa de homicidio contra otros dos empleados por falta de pruebas. 

La activista Natalia Lane dedicó su lucha a “todas las que ya no están”. Cabe señalar que aún falta la emisión de la sentencia completa contra el agresor. La determinación de la pena, que podría incluir prisión y la reparación integral del daño, se definirá en próximas audiencias.

Agresión contra Natalia

Natalia Lane sobrevivió a un intento de transfeminicidio en un hotel Diana, en calzada de Tlalpan, CDMX. La trabajadora sexual y activista fue agredida por Alejandro, quien habría contratado sus servicios, con un cuchillo en la cara, el cuello y las manos el 16 de enero de 2022; tres empleados que intentaron auxiliarla también resultaron lesionados.

Lane publicó en redes la agresión sufrida. Al día siguiente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) condenó las agresiones físicas cometidas contra la defensora de derechos humanos de mujeres trans y trabajadoras sexuales, y exhortó a las autoridades locales y federales a garantizar condiciones para que las personas defensoras ejerzan su labor de forma libre y segura.

Su caso fue el primero en ser tipificado como transfeminicidio en grado de tentativa contra una trabajadora sexual, lo que sienta un precedente en la procuración de justicia para las mujeres trans en el país.

Larga lucha por la justicia

Natalia Lane, egresada de la licenciatura de Ciencias de la Comunicación de la UNAM, se ha dedicado durante más de una década a la defensa de los derechos de las personas trans y las trabajadoras sexuales 

Su caso visibilizó fallas sistemáticas como: lentitud, negligencia, ausencia de protección a víctimas y revictimización constante. El juicio oral se abrió formalmente en enero de 2025, pero fue retrasado por amparos de la defensa.

en 2025, Lane, junto con integrantes de la Asociación Mexicana de Trabajadoras Sexuales, realizó una manifestación notoria frente al edificio del Tribunal Superior de Justicia, en la colonia doctores, para exigir que Alejandro López Sánchez, su agresor, no fuese liberado. Desde hace cuatro años ha visibilizado y denunciado su caso mediante diversas movilizaciones, que hoy culmina con una condena por tentativa.

Lane aseguró que, tras la agresión, las secuelas físicas y psicológicas la llevaron a desarrollar ansiedad y otros trastornos de salud derivados del ataque.

Tipificación del transfeminicio en la CDMX

El 18 de julio de 2024, el Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen conocido como “Ley Buenrostro” en memoria de Paola Buenrostro, mujer trans asesinada en 2016, posteriormente tipificó en agosto de 2024 el delito de transfeminicidio. El 23 de agosto se reformó el Código Penal para incorporar esta figura en el artículo 148 Ter,

El 7 de marzo de 2025 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los criterios de investigación y las penas por transfeminicidio, impulsados por Bertha Alcalde Luján.

El artículo establece que comete este delito quien, por razón de identidad o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se ubique dentro del espectro femenino.

Este delito se sanciona con penas de entre 35 y 60 años de prisión.

Se consideran razones de identidad o expresión de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:

I. La víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo.
II. La víctima sufrió lesiones degradantes, mutilaciones o actos relacionados con su identidad o expresión de género, antes o después de su muerte.
III. Existen antecedentes de violencia, amenazas o expresiones de odio contra la víctima por su identidad o expresión de género.
IV. Existía una relación sentimental, afectiva, laboral o de confianza entre la víctima y el agresor.
V. Existía una relación de parentesco, matrimonio, concubinato, noviazgo u otro vínculo cercano entre la víctima y el agresor.
VI. El cuerpo de la víctima fue expuesto, abandonado o manipulado en un lugar público o de forma deliberada por el agresor.
VII. La víctima fue incomunicada antes de su fallecimiento.
VIII. La víctima se encontraba en estado de indefensión al momento de la agresión.
IX. Las pertenencias de la víctima fueron alteradas, destruidas o sustituidas en relación con su identidad o expresión de género.

México, segundo lugar en transfeminicido a nivel mundial

De acuerdo con el Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG) de la UNAM, México ocupa el segundo lugar en América Latina en transfeminicidios, solo después de Brasil. En la Ciudad de México se registraron 11 casos en 2024 y se estima que siete de cada diez personas LGBTIQ+ asesinadas en el país son mujeres trans. La mayoría de estos casos permanece en la impunidad por falta de investigaciones con perspectiva de género y por el subregistro oficial.