La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que buscaba restringir la ciudadanía por nacimiento para los hijos de personas extranjeras que se encuentran en el país sin autorización migratoria o con permisos temporales.
En su fallo, el máximo tribunal señaló que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran de manera ilegal o temporal en el país están “sujetos a la jurisdicción” estadounidense y, por lo tanto, “son ciudadanos desde el nacimiento en virtud de la cláusula de ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda”.
La resolución fue aprobada por una votación de cinco jueces a favor y cuatro en contra. El presidente de la Corte, John Roberts, redactó la opinión mayoritaria, respaldada por los jueces Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson.
La decisión mantiene una interpretación constitucional vigente desde hace más de 150 años, bajo la cual prácticamente cualquier persona nacida dentro de Estados Unidos obtiene la ciudadanía estadounidense, con excepciones como los hijos de funcionarios diplomáticos extranjeros.
El juez Brett Kavanaugh coincidió parcialmente con el fallo, aunque señaló que no comparte una interpretación amplia de la cláusula de ciudadanía. Sin embargo, consideró que la orden ejecutiva de Trump debía ser rechazada al considerar que eliminaría de facto la ciudadanía por nacimiento.
En contra de la decisión se pronunciaron los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch, quienes rechazaron la interpretación de que la ciudadanía por nacimiento sea completamente automática en todos los casos.
Con este fallo, la Suprema Corte mantiene el principio establecido por la Decimocuarta Enmienda, aprobada en 1868, que ha sido la base legal para reconocer como ciudadanos estadounidenses a la mayoría de las personas nacidas dentro del país.