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  • hace 17 horas
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Celebra SCJN sesión extraordinaria inédita en Chiapas sobre amparo de autogobierno de comunidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) celebró, este 26 de febrero de forma inédita, su primera sesión extraordinaria en Tenejapa, Chiapas, en la que resolvió un asunto que fortalece el derecho a la libre determinación, la autonomía y el autogobierno indígena.

El Máximo Tribunal reafirmó, ante autoridades tradicionales, representantes del estado y más de dos mil personas provenientes de la comunidad de La Candelaria, así como del propio municipio sede de la sesión, que los derechos de los pueblos y comunidades indígenas deben traducirse en condiciones reales que permitan su ejercicio efectivo.

Al respecto, Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la SCJN, señaló que “este es el nuevo rostro de la justicia: una justicia que va a caminar de la mano con el pueblo, que va a atender a la gente que muchas veces está en el último lugar de la lista de prioridades”.

El caso que se analizó tuvo su origen cuando la comunidad de La Candelaria, localizada en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, mediante su Asamblea Comunitaria, acordó solicitar al Congreso del Estado el reconocimiento formal de su Gobierno comunitario y de su carácter como sujeto de derecho público.

Sin embargo, la petición no fue respondida por el Poder Legislativo estatal, por lo que las autoridades comunitarias promovieron un juicio de amparo, aunque durante la tramitación del mismo, el Congreso emitió una respuesta en la que reconoció que el marco legislativo vigente en Chiapas resultaba insuficiente para hacer efectivos los derechos colectivos de la comunidad, específicamente para obtener el reconocimiento jurídico de su Gobierno comunitario y ejercer sus propias formas de organización política y social. 

En este sentido, la SCJN destacó el cambio constitucional que resultó de la reforma al artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en 2024, la cual reconoce expresamente a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio. 

Cabe recalcar que la transformación constitucional representó un punto de inflexión en el constitucionalismo mexicano, ya que transformó su relación con el Estado, al reconocer que sus instituciones de Gobierno tienen existencia jurídica propia y capacidad para ejercer directamente funciones públicas.

Asimismo, obligó a los congresos locales a adecuar sus marcos normativos para hacer posible el ejercicio efectivo del autogobierno indígena, de modo que la libre determinación transite de una aspiración formal a una realidad concreta en la vida de las comunidades.

Debido a lo anterior, la Suprema Corte ordenó al Gobierno del Estado y al Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas adoptar medidas inmediatas dentro de un plazo de noventa días para garantizar efectivamente el autogobierno de la comunidad tsotsil de La Candelaria, incluyendo la asignación y entrega oportuna de los recursos públicos que proporcionalmente le corresponden, lo que marca un paso decisivo en la consolidación del nuevo modelo constitucional de reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de derecho público.