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  • 16 Jan 2024
  • 17:01
  • SPR Informa 6 min

El diagnóstico de VIH no es un delito

El diagnóstico de VIH no es un delito…

Por eso el Congreso de la Ciudad de México eliminó el “Delito de Peligro de Contagio” de su Código Penal, con el propósito de eliminar la criminalización de las personas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).

“La decisión del Congreso de la Ciudad de México permite un cambio estructural del sistema y de la sociedad para mejorar la respuesta al VIH. El diagnóstico de VIH no es un delito.

De alguna manera se entiende en esta ciudad que la lucha contra el VIH no es exclusivamente la parte comunitaria y que la parte social y la parte del gobierno son parte fundamental”, aseguró la directora de la Clínica Especializada Condesa, Andrea González.

 

“La criminalización y la estigmatización causan, muchísimo más daño incluso que el mismo VIH”, advirtió el Internacionalista y defensor de derechos humanos, Alaín Pinzón.

De acuerdo con datos de la Fiscalía de la Ciudad de México, de 2018 a 2022 se abrieron más de 200 carpetas de investigación por el “Delito de Peligro de Contagio”, y no solo eso, en junio de 2021, Juan “N”, un joven con VIH, fue detenido y preso en el Reclusorio Norte.

Tipificado en el artículo 159 del Código Penal de la Ciudad de México, el “peligro de contagio”, castigaba a cualquier persona  aunque  no se concretará la transmisión de una enfermedad, sino que sancionaba la situación de haber generado un supuesto “peligro”, como fue el caso de Juan “N”, quien no contagió a la pareja que lo denunció.

“Notemos cómo se llamó el delito, no es contagio, sino “peligro de contagio”: se castigaba a la persona que en condiciones normales e involuntariamente pudiera transmitir una enfermedad contagiosa. Médicamente este delito no ayudó a detener el contagio, pero el énfasis en el peligro de contagiar sí señalaba y discriminaba a las personas ya contagiadas. Este es un caso ejemplar de la vana pretensión de castigar por parte de una sociedad autoritaria, no se detenía la enfermedad, pero sí se castigaba al enfermo”, resaltó el jefe de Gobierno capitalino, Martí Batres.

 

“Me parece que es un artículo que criminaliza, estigmatiza y además tiene un prejuicio muy grande al respecto a las personas que vivimos con VIH”, señaló Alaín Pinzón.

 

“Es muy relevante mencionar que los tratamientos antirretrovirales reducen la carga viral de tal forma que puede volverse indetectable una vez que existe adherencia, es decir, una vez que la persona que toma el tratamiento ha generado una costumbre o una rutina en su toma. Pasados de 3 a 6 meses de esta adherencia, la carga viral se vuelve indetectable, y por lo tanto, el virus termina siendo intransmisible. Esto implica que no hay riesgo de transmisión”, se puede leer en el comunicado donde el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) urgió a derogar el artículo 159.

La Ciudad de México es la sexta entidad del país en eliminar el delito, después de Aguascalientes, San Luis Potosí, Jalisco, Tabasco y Nayarit. Al respecto, Alaín Pinzón hace hincapié en que la capital del país siempre ha sido ejemplo en la lucha de los derechos e insistió en que quienes viven con VIH son personas y como cualquier otra, deben tener los mismos derechos.

“Creo que lo que ha pasado en la ciudad de México siempre es un detonante para otros estados de la República con matrimonio igualitario, pasó con identidad de reconocimiento identidad de género, pasó también con el tema de las terapias de conversión, pasó también, y creo que no debería de ser la excepción esta derogación de ley, porque tenemos bastantes estados en toda la República Mexicana en donde todavía existe este delito de peligro de contagio. Creo que sí abre la puerta la derogación en la Ciudad de México abre la puerta para que otros Estados de deroguen este delito de peligro de contagio que es además inadmisible en 2024 con todo el avance de la ciencia que sigue existiendo.”

 

Derogar el artículo 159 no significa que una persona que contagió a otra de una enfermedad mortal quedé sin castigo; la diputada Ana Francis Mor, promovente de derogar esta reforma nos explica que se añadió una fracción al capítulo II, y se incluyó en el catálogo de lesiones, por lo que se sancionará a quienes causen o transmitan de manera intencional una enfermedad incurable.

“Entonces, cómo protegemos a las mujeres que llegó el marido ‘hojaldra’ y las contagió, esa era la pregunta constante, pues por eso justamente pensamos en colocar ese delito dónde va, que es en lesiones, es decir, si manchadamente a propósito, alguien contagia a otra persona, entonces ahí ya está colocado, pero el 159 no tenía ningún sentido y realmente era utilizado para aumentar la discriminación de las personas con VIH.”

 

El “Delito de Peligro de Contagio” aún se persigue en 26 estados y permite que cualquier persona con VIH pueda ser denunciada, aún cuando no se concrete la transmisión del virus. 

A pesar del éxito de esta derogación, aún hace falta hacer frente a otra pandemia, la del prejuicio y la discriminación.