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Aprueban diputados reforma que aplaza elección del Poder Judicial hasta 2028; se turnó al Senado

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de reforma al Poder Judicial enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, mediante la cual se aplazarán las elecciones del Poder Judicial de 2027 hasta el primer domingo de junio de 2028, para evitar que ese ejercicio electoral se empalme con los comicios ordinarios del próximo año.

Luego de una maratónica sesión que se extendió durante 15 horas, la propuesta del Ejecutivo fue avalada por 322 votos a favor, 132 en contra y 22 abstenciones, cuyo dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 94, 96, 98, 100, 116 y 122 de la Constitución Política. 

En lo particular, con los cambios aceptados por el Pleno, que magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral que estén en funciones puedan ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028, sobre las secciones en la SCJN y duración en el cargo de magistrados de circuito y jueces de distrito

La minuta fue enviada al Senado de la República para sus efectos constitucionales. Al respecto, la presidenta de la Cámara Alta, Laura Itzel Castillo, informó que recibió el proyecto, el cual será turnado a las Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Primera para su dictamen.

¿Qué modifica la reforma?

En primer lugar se aceptó la modificación al artículo 35 de la Carta Magna, la cual establece que la Revocación de Mandato se llevará el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional, a fin de evitar que empaten las elecciones federales con la revocación de mandato. 

También se aceptó la reserva para modificar el artículo cuarto transitorio del decreto publicado el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, a fin de precisar que magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del presente decreto, podrán ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028. 

Asimismo, se avalaron modificaciones al artículo 94, para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se componga de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno; también, con aprobación del Pleno, podrá funcionar en dos secciones. 

Lo anterior implicaría que dichas secciones operen sólo cuando el Pleno del máximo tribunal lo considere oportuno, y no de manera autónoma, como ocurría con las antiguas salas de la SCJN.

Además, la presidencia de la SCJN se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

De igual forma, el artículo cuarto transitorio se modifica para precisar que las legislaturas de las entidades federativas realizarán las adecuaciones necesarias a sus constituciones para adecuarlas a lo que dispone el presente decreto dentro de los 60 días naturales siguientes a su entrada en vigor, y dentro de los 90 días naturales para el caso de sus leyes locales.

Finalmente, el nuevo artículo séptimo transitorio subraya que el periodo de las magistradas y magistrados de Circuito y las juezas y jueces de Distrito que resulten electos en la elección que se celebre en el año 2028 conforme al presente decreto, durará ocho años, por lo que vencerá en 2036. Mientras que el octavo transitorio indica que se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto de este decreto.

Cabe señalar que, durante la discusión en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC, presentaron diversas reservas, las cuales fueron retiradas, se pidió publicar en el Diario de los Debates, o bien no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se desecharon.