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  • hace 8 horas
  • 19:09
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SCJN niega amparo a Calica y determina que la Armada de México tiene facultades de Guardia Costera

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a la empresa Calizas Industriales del Carmen (#Calica), filial de la estadounidense Vulcan Materials, al determinar que la Armada de México tiene facultades para ejercer funciones de Guardia Costera en las costas, zonas marinas y recintos portuarios.

 

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Este 9 de septiembre, durante una sesión ordinaria del Pleno de la SCJN, las y los ministros que lo integran, aprobaron por unanimidad el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, el cual, se centró en declarar constitucional las facultades de la Armada de México para ejercer funciones de Guardia Costera en costas, zonas marinas y recintos portuarios.

 

 

El proyecto se centra en el artículo 2, fracción V, inciso a), de la Ley Orgánica de la Armada de México, que faculta a la institución naval para realizar labores de vigilancia, verificación, visita e inspección en esos espacios.

 

 

El artículo 129 constitucional establece que, “en tiempos de paz, las autoridades militares pueden ejercer las funciones previstas tanto en la Constitución como en las leyes que de ella emanen, lo que incorpora un principio de reserva de ley. 

 

 

“Esto significa que corresponde al Congreso de la Unión determinar, mediante una ley en sentido formal y material, qué otras atribuciones pueden ejercer el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México”, recordó el ministro Espinosa Betanzo.

 

 

Esto, luego de que Calica impugnó la norma a partir de un oficio de mayo del 2023, mediante el cual personal de la Armada requirió a la empresa acceso a las cámaras de vigilancia, así como el usuario y contraseña de la terminal portuaria que administra en Punta Venado, Quintana Roo. 

 

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Ante esta situación, la Suprema Corte negó el amparo contra la ley y devolvió el expediente al tribunal colegiado para que determine la legalidad de la solicitud de la Armada.

Cabe señalar que la norma impugnada fue abrogada en noviembre de 2025, aunque la nueva ley mantuvo las funciones de Guardia Costera. Por lo que este día, la Corte estudió el fondo, ya que, el oficio reclamado fue emitido en 2023 y el régimen transitorio ordena resolver los asuntos en trámite con la legislación anterior

La sentencia que emitió este día la SCJN se da en medio del conflicto que mantienen el Gobierno de México y la empresa estadounidense Vulcan Materials por la explotación de los recursos minerales en Quintana Roo, pese a la advertencia de que detuviera sus actividades.