
El Senado de la Nación Argentina dio media sanción, en lo general, a la modificación de la Ley de Glaciares (26.639) con 40 votos a favor, 31 en contra y una abstención. La controvertida reforma implicaría un recorte al presupuesto de preservación ambiental, así como mayores facilidades para la explotación de recursos hídricos y mineros por parte de empresas.
El proyecto de ley que modifica el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial fue aprobado con 40 votos a favor, 31 en contra y una abstención. Aún falta su tratamiento en la Cámara de Diputados.
Los aliados de La Libertad Avanza, partido oficialista de la administración del presidente Javier Milei, dividieron su postura, mientras que el bloque peronista también aportó algunos votos a favor de la iniciativa.
Para el Gobierno, la reforma busca “ordenar el marco normativo vigente”; sin embargo, organizaciones ambientalistas y de la sociedad civil sostienen que “constituye un grave retroceso en materia de protección del agua”.
En su artículo 6, la ley prohíbe la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que puedan modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, así como el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas.
El proyecto que modifica la Ley 26.639 redefine el objeto de protección a los glaciares y geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas, y subordina su aplicación al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales.
Incorpora el principio precautorio: todo glaciar incluido en el Inventario Nacional será considerado protegido hasta que la autoridad ambiental provincial determine que no cumple funciones hídricas, información que deberá remitirse al Inventario Nacional de Glaciares del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) para su actualización.
Las prohibiciones, como la explotación minera e hidrocarburífera, la instalación industrial y obras que alteren su condición natural, se aplicarán únicamente a los glaciares y geoformas que las provincias identifiquen como portadores de funciones hídricas, refiere la reforma.

El proyecto plantea que cada provincia defina qué glaciares protege y en cuáles podrían habilitarse actividades extractivas, como la minería. Especialistas advierten que esto podría contradecir el artículo 41 de la Constitución Argentina, que faculta al Congreso a establecer presupuestos mínimos de protección ambiental que las provincias no pueden reducir.
Con la reforma, la lógica se invertiría: el alcance de la protección dependería de lo que cada jurisdicción considere relevante en términos de aporte de agua dulce, lo que podría generar conflictos entre provincias por el acceso al recurso.
Quienes impulsan los cambios sostienen que la regulación actual del ambiente periglacial es demasiado amplia e imprecisa, lo que, afirman, ha frenado proyectos mineros incluso en zonas donde no existirían recursos hídricos significativos.

La Oficina del Presidente celebró la media sanción en X y señaló que el proyecto “clarifica que el objeto de protección son los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que cumplen funciones hídricas relevantes”. Para el Gobierno, la reforma busca “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución Nacional”.
Sin embargo, organizaciones ambientales y de la sociedad civil denuncian que la iniciativa representa una “regresión ambiental inconstitucional”, al considerar que vulnera el Acuerdo de Escazú, al que Argentina está adherida, que garantiza acceso a información ambiental y toma de decisiones colectivas en materia. Además, advierten que avanzar con esta reforma implicaría un grave retroceso en la protección del agua.
En este contexto, las organizaciones sociales y ambientales instan a laCámara de Diputados de la Nación a rechazar el proyecto de modificación y preservar una ley fundamental.
De acuerdo con el Inventario Nacional de Glaciares del IANIGLA, en Argentina existen 16,968 cuerpos de hielo, con una superficie cercana a los 8,484 kilómetros cuadrados.