Un alto funcionario estadounidense reveló lo que, según afirmó, es el texto completo del acuerdo entre Estados Unidos e Irán para cesar las hostilidades, reabrir el Estrecho de Ormuz e iniciar conversaciones nucleares.
El texto del acuerdo, leído en voz alta durante una llamada con periodistas el miércoles, se presenta a continuación. El funcionario habló bajo condición de anonimato, de acuerdo con las reglas establecidas por la Casa Blanca.
Memorando de Entendimiento de Islamabad entre los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán
Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán han acordado conjuntamente y de buena fe, en una fecha determinada, lo siguiente:
1 —Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán, junto con sus aliados involucrados en la guerra actual, firman este MOU para declarar la terminación inmediata y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido Líbano. A partir de ahora, se comprometen a no iniciar ninguna guerra ni operación militar entre sí, abstenerse de amenazar o utilizar la fuerza mutuamente y garantizar la integridad territorial y la soberanía de Líbano. El acuerdo final confirmará el cese permanente de la guerra en todos los frentes, incluido Líbano, así como las demás disposiciones de este apartado.
2 —Estados Unidos e Irán se comprometen a respetar mutuamente su soberanía e integridad territorial y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro país.
3 —Estados Unidos e Irán se comprometen a negociar y alcanzar el acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable mediante consentimiento mutuo.
4 —Inmediatamente después de la firma de este MOU, Estados Unidos iniciará el retiro de su bloqueo naval y de cualquier perturbación u obstáculo contra Irán, y pondrá fin completamente al bloqueo naval en un plazo de 30 días. Durante este periodo, el tránsito marítimo se restablecerá de acuerdo con los niveles de tráfico previos a la guerra. Estados Unidos también se compromete a retirar sus fuerzas de las proximidades de Irán dentro de los 30 días posteriores al acuerdo final.
5 —Tras la firma de este MOU, Irán realizará los arreglos necesarios, utilizando sus mejores esfuerzos, para garantizar durante 60 días únicamente el paso seguro y gratuito de embarcaciones comerciales desde el Golfo Pérsico hacia el Mar de Omán y viceversa. El tránsito de buques comerciales comenzará de inmediato y, considerando la necesidad de eliminar obstáculos técnicos y militares, así como realizar labores de desminado por parte de Irán, quedará plenamente establecido en un plazo de 30 días.
Irán dialogará con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los servicios marítimos en el Estrecho de Ormuz, en consulta con otros Estados ribereños del Golfo Pérsico, de acuerdo con el derecho internacional vigente y los derechos soberanos de los Estados costeros del estrecho.
6 —Estados Unidos se compromete, junto con socios regionales, a desarrollar un plan definitivo acordado mutuamente con al menos 300 mil millones de dólares estadounidenses para la reconstrucción y el desarrollo económico de Irán. El mecanismo para aplicar este plan será definido como parte del acuerdo final dentro de 60 días. Estados Unidos otorgará todas las licencias, exenciones y autorizaciones necesarias para las transacciones financieras relacionadas.
7 —Estados Unidos se compromete a poner fin a todos los tipos de sanciones contra Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, las resoluciones de la Junta de Gobernadores del OIEA y todas las sanciones unilaterales estadounidenses, tanto primarias como secundarias, conforme a un calendario acordado como parte del acuerdo final.
Irán y Estados Unidos reconocen la importancia crítica del levantamiento de sanciones y expresan su intención de abordar estos asuntos de inmediato durante las negociaciones para alcanzar un acuerdo mutuo.
8 —Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Estados Unidos e Irán acordaron resolver el destino del material enriquecido almacenado mediante un mecanismo que será acordado mutuamente, conforme al calendario mencionado en el punto siete.
La metodología mínima contemplada será la reducción del nivel de enriquecimiento del material en el lugar donde se encuentra, bajo supervisión del OIEA.
Ambas partes también acordaron discutir el tema del enriquecimiento y otros asuntos relacionados con las necesidades nucleares de Irán, con base en un marco satisfactorio que será establecido en el acuerdo final.
El acuerdo final confirmará las disposiciones de este apartado. Ambas partes reconocen la importancia crítica de estos temas y expresan su intención de abordarlos inmediatamente en las negociaciones.
9 —Mientras se alcanza el acuerdo final, Estados Unidos e Irán acuerdan mantener el statu quo.
Irán mantendrá el estado actual de su programa nuclear, mientras que Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.
10 —Estados Unidos se compromete a que, inmediatamente después de la firma de este MOU y hasta la eliminación de las sanciones, el Departamento del Tesoro estadounidense emitirá exenciones para la exportación de petróleo crudo iraní, productos petrolíferos y derivados, así como para todos los servicios asociados, incluidos transacciones bancarias, seguros y transporte.
11 —Estados Unidos se compromete a poner completamente a disposición para su uso los fondos y activos iraníes congelados o restringidos una vez implementado este MOU.
Estados Unidos e Irán acordarán durante las negociaciones los procedimientos relacionados con la liberación de estos fondos. Dichos recursos, ya sea que permanezcan en las cuentas originales o sean transferidos, podrán utilizarse plenamente para pagos a cualquier beneficiario final designado por el Banco Central de Irán.
Estados Unidos emitirá todas las licencias y autorizaciones necesarias para ello.
12 —Estados Unidos e Irán acuerdan establecer un mecanismo ejecutivo para supervisar la correcta implementación de este MOU y el cumplimiento futuro del acuerdo final.
13 —Después de la firma de este MOU, y sujeto al inicio de la implementación de los puntos 1, 4, 5, 10 y 11, así como a la continuidad de estas medidas, Estados Unidos e Irán iniciarán negociaciones sobre el acuerdo final exclusivamente respecto de los demás apartados.
14 —El acuerdo final será respaldado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.