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  • 06 Aug 2023
  • 21:08
  • SPR Informa 6 min

Etiquetado Frontal de los alimentos: Una Batalla por la salud de los mexicanos

Etiquetado Frontal de los alimentos: Una Batalla por la salud de los mexicanos

Por Juan Manuel Lira

En México en el año 2020, se modificó la NOM-51, referente al etiquetado frontal de alimentos. Estos cambios permitieron que el consumidor identificase, de forma clara, productos con excesos de azúcares, grasas trans, grasas saturadas, sodio y contenido energético, permitiendo tomar decisiones informadas sobre su consumo.

Este cambio fue significativo, pero todavía es prematuro evaluar su impacto en la salud de la población. Cambiar hábitos alimenticios es tarea compleja. La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2022 (Ensanut 2022), reveló que el sobrepeso y la obesidad siguen siendo un problema de salud pública en México, subrayando la necesidad de intensificar estrategias efectivas.

De acuerdo con la Ensanut 2021, en México, 64% de la población utiliza el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas como guía de consumo; y 74% califica este mecanismo como una medida positiva para el cuidado de la salud. Si esta tendencia persiste, reforzada por otras acciones de las autoridades sanitarias, en el futuro podríamos tener una reducción en enfermedades como obesidad, hipertensión, diabetes, entre otras.

Desafortunadamente una batalla por la salud de los mexicanos se avecina próximamente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Diversas empresas han interpuesto amparos desde el 2020 contra las normas del etiquetado frontal de los alimentos industrializados, alegando perjuicio a su libre comercio y posible confusión al consumidor. La Corte tendrá que resolverlos próximamente. Pero ¿es válido este argumento ante la salud pública?

El etiquetado frontal no es sólo un conjunto de signos o íconos en un envase, es una herramienta informativa. Permite que los consumidores, independientemente de su nivel educativo, puedan identificar rápidamente si un producto tiene altos contenidos de ingredientes que, consumidos en exceso, son perjudiciales.

Desde una perspectiva técnica y educativa, el etiquetado frontal es un mecanismo que brinda a los consumidores el conocimiento necesario para tomar decisiones informadas. Al saber qué productos contienen altos niveles de azúcares, grasas o sodio, se pueden hacer elecciones basadas en la salud y el bienestar.

El derecho empresarial al libre comercio no debe eclipsar el derecho de los ciudadanos a vivir saludablemente e informarse adecuadamente sobre lo que consumen. La tarea de la SCJN es proteger derechos ciudadanos. Negar el etiquetado basándose en intereses comerciales es ignorar la crisis de enfermedades prevenibles en México.

Los magistrados de la SCJN deben reconocer que el etiquetado frontal es preventivo y esencial. Tienen una responsabilidad moral y ética de priorizar la salud mexicana. Cada etiqueta es una oportunidad para salvar vidas, educar y avanzar hacia un México más sano.

El amparo para suspender de forma indefinida el decreto de reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor en enero pasado, fue un duro golpe para la salud de los mexicanos, esperemos que las autoridades judiciales no repitan la historia ahora contra el etiquetado frontal de los alimentos.

La salud pública debe ser siempre la prioridad. Es momento de que el interés colectivo prevalezca sobre los intereses particulares, y que juntos: sociedad y gobierno, demos un paso decisivo en pro de la salud y bienestar de todos los mexicanos.