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  • 24 Sep 2025
  • 19:09
  • SPR Informa 6 min

La nueva visión de la Defensoría Pública Federal

La nueva visión de la Defensoría Pública Federal

Por Rashid Pérez de la Peña

El 15 de septiembre de 2024, el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)[1] la reforma constitucional en materia del Poder Judicial. Si bien esta reforma modifica el procedimiento para acceder a los cargos de ministro, magistrado o juez, y crea nuevas instituciones como el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, su eje central es garantizar justicia al pueblo de México. Sin justicia no hay paz y sin paz, no hay bienestar.

Pero la justicia no se limita a la actuación de ministros, magistrados y jueces. También requiere que el pueblo tenga acceso a una defensa digna y capaz. El Estado está obligado a garantizar este derecho humano de forma expedita y eficaz, pues justicia que no llega a tiempo no es justicia.

El derecho de la población y la obligación del Estado a garantizar una defensoría se encuentra reconocido en nuestra constitución en su artículo 17 penúltimo párrafo:

“La Federación y las entidades federativas garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores.”

Lo anterior tiene relación con el artículo 14 constitución en lo respectivo al derecho de poder acceder a un debido proceso y con el 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que contiene las garantías judiciales como lo señala en el inciso e) del numeral 2 del artículo 8 que establece que toda persona inculpada tiene el derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por la ley.[2]

Y finalmente y no menos importante, como lo señala el artículo 2 de la Ley Federal de Defensoría Pública:

El servicio de defensoría pública será gratuito. Se prestará bajo los principios de probidad, honradez y profesionalismo y de manera obligatoria, en los términos de esta Ley”.

En este contexto, considero fundamental colocar al Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) en el centro del debate como una posible solución al problema del acceso al ejercicio de los derechos, pero, sobre todo, el acceso a la justicia. Este órgano del Poder Judicial de la Federación brinda servicios gratuitos de asesoría y defensa legal en todo el país a través de sus delegaciones.

En el marco de la llamada Nueva Época del Poder Judicial, fue designado como titular del IFDP el magistrado Benjamín Rubio Chávez, relevando a la magistrada Taissia Cruz ParceroEl magistrado Rubio Chávez no solamente representa un nuevo perfil con nuevas ideas a implementar en el IDFP para esta nueva época de la defensoría pública, también es un perfil que podría poner la técnica jurídica al servicio de la sociedad, pues tiene la experiencia como impartidor de justicia, pues fue Magistrado de Circuito en el Estado de México, pero igual como defensor público, pues sus orígenes se dieron como defensor en la dirección de la defensoría de oficio en Pachuca Hidalgo. 

Es por esta dualidad, que representa la posibilidad de que México tenga una nueva visión respecto lo que es la defensoría pública federal, una con dimensión social y cercana a la gente, orientada a coadyuvar en el proceso de pacificación del país mediante sus servicios de asesoría, orientación y representación jurídica.

Al cierre de 2023, el IFDP registró 32 delegaciones y 560 unidades estatales de defensoría y asesoría jurídica. Ese mismo año se solicitaron 963,915 asuntos, siendo la Ciudad de México la delegación con mayor carga: 8,803 solicitudes, de las cuales solo se admitieron 1,240. En contraste, en Oaxaca se solicitaron 171,238 asuntos y apenas se admitieron 767.

Por materia, en 2023 se atendieron 3,398 casos penales, 868 familiares, 587 civiles, 104 laborales, 51 indígenas y 49 agrarios. Estos datos muestran dos realidades: primero, la alta demanda en asuntos familiares, civiles y penales, cuya desatención impacta directamente en el tejido social por afectar el núcleo familiar; segundo, la limitada cobertura en materias con fuerte contenido humanitario como la laboral, indígena y agraria.

El reto de contribuir a la pacificación del país desde la defensoría pública federal no es menor. Según el INEGI, al cierre de 2023 había 233,173 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios federales y estatales; 20,852 de ellas bajo competencia federal. De acuerdo con Censo Nacional de sistema penitenciario federal y estatal 2024[3] “86 852 se encontraban sin sentencia/ Medida cautelar de internamiento preventivo, 17 199 con estatus no definitivo, 125 312 contaron con estatus definitivo y para 3 810 personas no se identificó el estatus. Comparado con 2022, la población privada de libertad/ internada con sentencia aumentó 6.2 %, mientras que la población sin sentencia disminuyó 1.7 % en 2023”[4]

Frente a este panorama, el nuevo titular del IFDP ya inició una fuerte campaña en redes, medios y territorio con el objetivo de informar sobre la labor del instituto: como es de ofrecer orientación, asesoría y defensa legal gratuita a la población, priorizando a los sectores más vulnerables como personas adultas mayores, personas con discapacidad, niñas, niños y adolescentes, pueblos indígenas y la comunidad LGBTTTIQ+.

Los servicios abarcan materias penal, administrativa, migratoria, fiscal, laboral y de protección a personas con discapacidad. La nueva visión del instituto está encaminada a mirar a la sociedad de frente, ser parte de la solución y no del problema. 

Después de tres décadas de existencia, el IFDP aún carece de la visibilidad que merece, pese a su noble labor social, pero me parece, un gran avance, que ya se esté volteado a ver a este instituto y el papel de los defensores, pues como lo menciona la ministra Lenia Batres Guadarrama en su columna de opinión “Defensorías públicas, la puerta al acceso a la justicia”[5] donde se aborda la importancia de la defensoría y la obligación del estado de garantizar el acceso a la justicia “Las instituciones del Estado mexicano no hacen un favor asignando defensor público a quienes no tienen abogada o abogado; garantizan o impiden el ejercicio de un derecho humano: el acceso a la justicia”.

Como lo mencione anteriormente, la labor del nuevo Directo, Benjamín Rubio es titánica, pero me parece un buen inicio de su parte el emprender una estrategia de difusión del IFDP; pues solo así la gente sabrá que en México se cuenta con un ejército de abogados y abogadas, dispuestos a poner sus conocimientos y la técnica jurídica al servicio del pueblo.

 


 

[1] https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5738985&fecha=15/09/2024#gsc.tab=0 

[2] https://www.oas.org/dil/esp/1969_Convenci%C3%B3n_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf

[3] https://www.inegi.org.mx/programas/cnsipef/2024/

[4] https://www.inegi.org.mx/programas/cnsipef/2024/

[5] https://www.eluniversal.com.mx/opinion/lenia-batres/defensorias-publicas-la-puerta-al-acceso-a-la-justicia/